Colombia
Carros particulares y motocicletas tendrán horarios diferentes, y las motos deberán cumplir con restricciones adicionales. La medida no aplica en días festivos.
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Creativa Digital
Desde el lunes 7 de julio de 2025 entró en vigencia la nueva rotación del pico y placa en Cartagena para carros particulares y motocicletas. La medida, establecida por el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT), se extenderá hasta el 3 de octubre de 2025 para vehículos particulares y hasta el 7 de octubre para motos.
La restricción busca mejorar la movilidad en la ciudad durante las horas de mayor tráfico. Aplica únicamente de lunes a viernes y no rige durante los días festivos. Tanto carros como motos tendrán su propio horario de circulación y rotación según el último dígito de la placa.
Para los carros particulares, el horario de pico y placa es de 7:00 a.m. a 9:00 a.m. y de 6:00 p.m. a 8:00 p.m., de lunes a viernes. La rotación se aplica según el último dígito de la placa de la siguiente manera:
En el caso de las motocicletas, el horario es más amplio: va desde las 5:00 a.m. hasta las 11:00 p.m. de lunes a viernes. Esta restricción tampoco aplica en días festivos. La rotación por placas es la misma que la de los carros:
Además del pico y placa diario, las motocicletas tienen restricciones adicionales. No pueden circular entre las 11:00 p.m. y las 5:00 a.m., ni ingresar a zonas como el Centro Histórico, San Diego, La Matuna y Getsemaní. También está prohibido transportar a menores de 12 años o mujeres embarazadas como parrilleros.
Las personas que incumplan estas normas se exponen a sanciones que incluyen una multa de hasta 15 salarios mínimos diarios legales vigentes. En algunos casos también se contempla la inmovilización del vehículo, según lo estipulado por las autoridades de tránsito.